GESTIÓN TRIBUTARIA - Orden de domiciliación de recibos por tributos periódicos
Mediante este procedimiento un ciudadano titular de impuestos o tasas periódicos del Ayuntamiento de Segovia ordena la domiciliación del pago de recibos futuros en una cuenta bancaria concreta.
También se puede utilizar para comunicar un cambio de cuenta bancaria de una domiciliación que ya existía previamente.
Para que surta efectos, la solicitud tiene que presentarse con al menos dos meses de antelación a la fecha de inicio del periodo de cobro del recibo objeto de domiciliación.
Gestión Tributaria
LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE 18-12-2003)
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
REAL DECRETO 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión de inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (BOE de 5-9-2007)
Ordenanzas Fiscales y Disposiciones Generales de Precios Públicos del Ayuntamiento de Segovia.
ORDENANZA GENERAL de gestión, inspección, recaudación y revisión tributaria.
Si la solicitud está correctamente cumplimentada, el Ayuntamiento de Segovia tendrá en cuenta la domiciliación sin necesidad de ningún trámite adicional ni comunicación al interesado.
De no materializarse el pago y ser devuelto el recibo sin pagar por la Entidad bancaria, si no ha finalizado el período voluntario de pago, el sujeto pasivo podrá realizar el pago de la totalidad de la cuota, acudiendo a las oficinas de la Recaudación municipal donde se le expedirá carta de pago para su ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras.
Si ya hubiese finalizado el período voluntario de pago, se hará efectivo en la entidad con la que se convenga el servicio de caja de recaudación con los recargos del período ejecutivo correspondientes.
Si tiene que presentar documentos o alegaciones en un expediente abierto, en respuesta a un requerimiento o por su propia iniciativa o presentar la justificación de la subvención, puede hacerlo a través de esta sede electrónica, mediante el trámite 'Aportación de documentación / alegaciones en procedimiento abierto'.
Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA