PADRÓN - Alta en el Padrón Municipal de Habitantes por nacimiento
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida de forma habitual. Tratándose de menores esta obligación corresponde a sus padres o tutores.
El Ayuntamiento dará de alta en su Padrón de habitantes por nacimiento a los recién nacidos que tengan su residencia en Segovia.
Los menores de edad tendrán la misma vecindad que los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, de sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro municipio.
La condición de vecino se adquiere en el mismo momento de su inscripción en el Padrón.
TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE ALTA POR NACIMIENTO:
Oficina municipal de Estadística
No se aplica ninguna tasa.
Declaración responsable para el empadronamiento de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial y el solicitante tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva
Autorización de inscripción padronal en el domicilio
Declaración responsable para el empadronamiento de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial y no existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia
Alta en el Padrón municipal de habitantes por nacimiento